Medrano también atribuyó como una ilegalidad, el hecho de que los implicados en casos de corrupción puedan optar por el criterio de oportunidad, tal como lo establece el artículo 369 y siguientes sobre los casos declarados complejos.
«El artículo 371 permite llegar a acuerdos con una persona o a un criterio de oportunidad, pero esto debe hacerse sobre la base legal de quien acarree la pena inferior para llegar al que tenga la pena superior», sostuvo.
Asimismo, consideró este miércoles que el caso que involucra al exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, tiene las características de una «persecución penal política».
Medrano afirmó que existen razones sustanciales para considerar la exclusión de Rodríguez del caso, tras enfatizar que el pasado martes, donde demostró a la sociedad dominicana que no es verdad lo que se le atribuye, refiriéndose a las acusaciones de corrupción.
El abogado destacó que este evento pasará a la historia como una de las defensas más notables en la lengua española, subrayando que el exfuncionario ha demostrado diversas cuestiones, incluida la falta de un compromiso real con la justicia y la falta de independencia del Ministerio Público.
Además, expresó que no se necesita ser un experto en la materia para entender que el delito, al igual que las leyes, funciona a futuro, haciendo hincapié en que a pesar de los planes, las acciones deben ser llevadas a cabo.
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