sábado, 30 de mayo de 2026
“Voy por todo”: Gonzalo Castillo reafirma aspiraciones presidenciales para 2028
¿Qué es el auto de no ha lugar y cuáles son los requisitos?
Hemos escuchado en múltiples oportunidades el auto de no ha lugar, sobre todo cuando el tribunal conoce un fallo para decidir si los acusados irán o no a juicio de fondo.
En el ámbito judicial el auto de no ha lugar, permite que una vez cumplido un proceso penal y cuando se cumplen ciertas condiciones que hacen innecesario continuar con la acusación o el juicio. El mismo se encuentra regulado por el artículo 309 del Código Procesal Penal Dominicano, bajo la Ley 97-25.
Razones para dictar el auto de no ha lugar
- El hecho no se realizó o no fue cometido por el imputado: Ocurre cuando se demuestra que el hecho que se le imputa al acusado no ocurrió o no se pudo comprobar que él haya sido el autor de dicho hecho.
- La acción penal se ha extinguido: Si se demuestra que la acción penal ya no es válida debido a alguna causa que la extingue, como puede ser el pago de una reparación integral o la prescripción del delito, el juez puede dictar el auto de no ha lugar. Esto implica que el hecho imputado ya no es procesable por alguna causa legal.
- El hecho no constituye un tipo penal: Si, tras el análisis de los hechos, el juez determina que no encajan dentro de la tipificación de un delito según la ley penal, se dicta el auto de no ha lugar.
- Concurre un hecho justificativo o la persona no puede ser considerada penalmente responsable: Si se presentan circunstancias que justifican la acción del imputado, como la legítima defensa o el estado de necesidad, el juez puede dictar el auto de no ha lugar. Igualmente, si se determina que el imputado no es penalmente responsable (por ejemplo, por inimputabilidad debido a trastornos mentales), también se ordena la conclusión del proceso.
- Insuficiencia de pruebas: Si los elementos de prueba presentados por la acusación antes de la audiencia preliminar son insuficientes para fundamentar la acusación, el juez puede dictar el auto de no ha lugar. Esto ocurre cuando las pruebas presentadas no son lo suficientemente sólidas o relevantes para que el caso continúe, lo que asegura que no se someta a un imputado a juicio sin base probatoria adecuada
En la práctica el auto de no ha lugar equivale a una declaratoria de inocencia y libera al imputado de enfrentar un juicio de fondo por ese caso, poniendo fin al proceso penal.
Una vez se ha dictado por el juez un auto de no ha lugar, el procedimiento judicial concluye, es decir se cierra y esa persona no podrá ser sometida a juicio ni a otro proceso relacionado con el mismo hecho. Las medidas de coerción, si la persona estaba sujeta a estas, se extinguen de manera inmediata.
Apelación de la resolución: La resolución del auto de no ha lugar puede ser apelada por la parte afectada, ya sea por el Ministerio Público o por la defensa, al considerar que el juez cometió un error en la valoración de las pruebas.
Cuando existen en un caso más de un imputado y una parte reciben el auto de no ha lugar y otros no, el juicio respecto a los demás imputados continua de manera normal, sin que se vea afectado por el recurso de apelación, evitando de esta manera dilaciones innecesarias en el proceso judicial.
Entre las funciones del auto de no ha lugar, se encuentran la protección de los derechos del imputado y el principio de presunción de inocencia, la celeridad procesal ya que contribuye a agilizar el sistema judicial, evita el abuso procesal y mantiene el equilibrio entre la persecución penal y los derechos fundamentales.
Presidente Abinader inaugura carretera Enriquillo–El Higüero en Barahona
El auto de no ha lugar a favor de Gonzalo Castillo cambia el escenario político dominicano.
El auto de no ha lugar dictado a
favor de Gonzalo Castillo tendrá efectos en el escenario político nacional.
Gonzalo Castillo fue candidato
presidencial del PLD en el año 2020. Con posterioridad fue involucrado en un
caso de corrupción administrativa, por supuestamente haber sido beneficiario de
recursos del erario público, dedicados a promover su campaña electoral.
El fallo de no ha lugar si no se
recurre, es equiparable a una sentencia de descargo.
Gonzalo Castillo es la carta del PLD
para posicionarse electoralmente, dado sus altos niveles de simpatía popular.
Previo a esta decisión, a Gonzalo se
le restauró la visa norteamericana y la embajada de USA señaló que su país no
está de acuerdo con la polítización de la justicia, dos decisiones que podrían
asociarse a una posible preferencia de la potencia del Norte a su candidatura,
aunque no existan motivos racionales para inferir tal discurso.
Si Gonzalo Castillo es el candidato
del PLD, el escenario político cambia radicalmente. El tripardismo político
beligerante sería una realidad y la posibilidad de una segunda vuelta electoral
se acrecienta.
En el ajedrez político nacional
habrán cambios tanto en la estrategia como en la táctica, mantenidas por los
partidos hasta la fecha
Los próximos días permitirán apreciar
las consecuencias políticas del auto que comentamos.
viernes, 29 de mayo de 2026
Sindicato busca realizar Asamblea General Extraordinaria
BARAHONA.- En la tarde de hoy fue desarrollada una importante reunión de trabajo y coordinación organizativa como parte del seguimiento a la agenda previamente planificada para la celebración de la próxima Asamblea General Extraordinaria del Sindicato de Carga y Descarga de los Puertos de Exportación de Barahona, Registro 74/84.
La actividad estuvo encabezada por la más alta instancia de representación sindical de la Región Sur, bajo la supervisión del presidente de la Federación Regional de Sindicatos del Sur (FRESUR), señor Juan Francisco Féliz, cariñosamente conocido como “Romairo”, acompañado de importantes dirigentes y representantes del movimiento sindical de la región.
Durante la jornada también estuvo presente el doctor en leyes y destacado dirigente sindical Remigio Féliz Sédil, secretario general del Sindicato de los Carretilleros, quien se integra activamente al proceso organizativo de la Asamblea Extraordinaria, aportando su experiencia jurídica y sindical al fortalecimiento institucional de la organización.
Asimismo, participó el joven licenciado Jorge Manuel Hijo, en representación de su padre, el doctor Jorge Manuel Cueva (Cuevita), reconocido comunicador y dirigente sindical, junto a otros importantes cuadros sindicales comprometidos con la defensa de la institucionalidad y el respeto de los derechos de los trabajadores portuarios
Presidente Abinader entrega remozamiento y ampliación del Hospital Materno Infantil Dr. Jaime Sánchez
*Villa Central, Barahona.- El presidente Luis Abinader encabezó la entrega del remozamiento general y ampliación del área de Emergencia del Hospital Regional Materno Infantil Dr. Jaime Sánchez, ubicado en la provincia de Barahona, convertido en un moderno centro materno infantil especializado, equipado para responder de manera eficiente a las necesidades de salud de mujeres, niños y recién nacidos de la provincia y zonas cercanas.
Durante el acto inaugural, el presidente Abinader acompañado del director ejecutivo del Servicio Nacional de Salud (SNS), Julio César Landrón, destacó que la región Sur ha experimentado una transformación significativa en materia de salud, especialmente en Barahona, donde fue entregada la remozada maternidad y las primeras Unidades de Cuidados Intensivos pediátricas de toda la región, al señalar que estas áreas permitirán salvar vidas y ofrecer atención especializada a niños y recién nacidos sin necesidad de traslados a otros puntos del país.
El jefe de Estado anunció que en los próximos meses serán entregados totalmente remozados los hospitales de Paraíso, Vicente Noble y Enriquillo, obras que, según recordó, permanecieron durante años sin concluir.
Asimismo, el gobernante informó que avanza la construcción de un hospital oncológico en Barahona, cuya entrega está prevista para finales de este año y que beneficiará a toda la región Sur. Explicó que el centro permitirá que pacientes con cáncer reciban tratamiento especializado en la provincia, evitando trasladarse a Santo Domingo para acceder a esos servicios médicos.
El mandatario también hizo referencia a otros proyectos de transformación que se ejecutan en Barahona, entre ellos la intervención de los muelles y la construcción de apartamentos para reubicar familias que viven en barrancones. Además, propuso la creación de un voluntariado comunitario para colaborar en el cuidado y preservación de las nuevas instalaciones hospitalarias, al tiempo que expresó su confianza en que las obras contribuirán a mejorar sustancialmente la salud y la calidad de vida en toda la región.
Llevan al Tribunal Superior Electoral resolución que prohíbe divulgar encuestas
La acción judicial busca suspender provisionalmente el artículo décimo tercero de la Resolución 14-2026 de la JCE, que establece el reglamento para el registro de firmas encuestadoras y la difusión de sondeos electorales. Según la instancia, esa norma crea una prohibición "general" no contemplada en la Ley 20-23 sobre Régimen Electoral.
El recurso fue presentado por el abogado Harrison Féliz, en representación de Justicia Sin Fronteras, Inc., organización que sostiene que la disposición vulnera la libertad de expresión, el derecho ciudadano a recibir información política y el pluralismo democrático.
En el documento, los accionantes argumentan que la aplicación inmediata del reglamento podría provocar "autocensura" en medios de comunicación, analistas y firmas encuestadoras, además de restringir el debate público.
La demanda invoca además dos conceptos jurídicos en latín. El primero es periculum in mora, que significa "peligro en la demora". En términos simples, se refiere al riesgo de que, mientras el tribunal decide el fondo del caso, se produzcan daños irreparables. En este caso, alegan que la permanencia del reglamento podría afectar de manera inmediata el flujo de información política.
El segundo latinajo es fumus boni iuris, traducido como "apariencia de buen derecho". Esa expresión se utiliza para indicar que la demanda tiene fundamentos jurídicos plausibles y no es una reclamación arbitraria. Los demandantes sostienen que la JCE excedió su potestad reglamentaria al imponer restricciones que, según afirman, no están previstas expresamente en la ley electoral.
La instancia pide al TSE ordenar la suspensión cautelar inmediata del artículo impugnado y prohibir temporalmente que la JCE imponga sanciones derivadas de esa disposición hasta que se emita una sentencia definitiva.
¿Por qué el TSE?
La acción fue presentada ante el TSE debido a que la Ley 20-23 sobre Régimen Electoral otorga a esa alta corte competencia para conocer impugnaciones contra resoluciones de la JCE relacionadas con actos administrativos de contenido electoral.
El artículo 334 de esa legislación establece que el TSE puede conocer recursos contra resoluciones de la JCE vinculadas a medidas cautelares, sanciones administrativas electorales y "cualquier otro acto electoral o acto administrativo de contenido electoral" que afecte derechos político-electorales.
La organización Justicia Sin Fronteras sostiene que la resolución impugnada afecta derechos vinculados a la libertad de expresión, el acceso a la información política y el debate democrático, por lo que entiende que corresponde al TSE examinar la legalidad del reglamento aprobado por la JCE.
martes, 26 de mayo de 2026
Aparece presunta madre biológica de mujer que busca a su familia desde España en RD
Santo Domingo.- Tras un video difundido por #FVDigital, una mujer identificada como Albanelia Sánchez Caraballo, residente en la comunidad Los Fríos, en Padre Las Casas, provincia Azua, habría sido identificada como la presunta madre biológica de Sara Emperatriz, una dominicana residente en España que durante años buscó reencontrarse con su familia en República Dominicana.
La historia de Sara, de 33 años, se hizo viral en redes sociales luego de que relatara públicamente que fue adoptada siendo apenas un bebé por una familia española, tras nacer el 14 de septiembre de 1992 en el hospital de Constanza.
En el audiovisual, Sara explicaba que no buscaba conflictos ni reclamaciones, sino conocer sus orígenes y reencontrarse con su familia, especialmente con un hermano mellizo al que nunca ha conocido.
La joven también había señalado que, según las informaciones que poseía, su madre biológica se llamaba Albanelia Sánchez Caraballo y que tendría varios hermanos en República Dominicana.
El caso ha generado gran reacción en redes sociales, donde cientos de personas compartieron la historia con la esperanza de ayudar a concretar el esperado reencuentro familiar tras 33 años de separación.
Abogado de chofer de TRAE agredido afirma que el acusado es reincidente
Al ofrecer declaraciones a los medios, el profesional del derecho respaldó la medida del tribunal al asegurar que existen elementos probatorios suficientes que justifican el envío a prisión del imputado. Santana reveló además que, según informes de la propia fiscalía, González es una persona «recurrente en agresiones» y con un historial de conducta violenta.
Asimismo, el jurista adelantó que la parte querellante buscará incorporar el cargo de asociación de malhechores en las próximas etapas del proceso judicial. Esto se debe a que, de acuerdo con sus explicaciones, una segunda persona que presuntamente participó en el incidente se encuentra actualmente prófuga de la justicia.
El punto de equilibrio en la Justicia se perdió en la sentencia del caso Wander Franco.
La decisión judicial de perdonar al pelotero Wander Franco, luego de declararlo culpable de agresión sexual contra una menor de edad, es una potestad que la ley coloca en manos del juzgador, sin embargo, parece que en la misma sentencia se ha incurrido en un contrasentido, al condenar a la madre de la misma menor a diez años de reclusión y al pago de multa.
Si el Tribunal trató con tanta
consideración al agresor sexual de la menor, qué razones explican que haya sido
tan severo con la madre?
No parece justificarse en el caso el
lavado de activos contra la madre de la menor, por más censurable que haya sido
su conducta. El lavado de activos, conforme a criterios constantes de la
Suprema Corte de Justicia, exige la comisión de un crimen previo de los
indicados en la ley, como el narcotráfico, para que pueda configurarse.
Parece que fueron juzgados por dos
tribunales distintos, uno lleno de misericordia y el otro dominado por el odio.
Hubiese sido más coherente tratar a
ambos con medidas de atenuación, porque los dos fueron declarados culpables.
El precedente que se crea en este caso, donde una descomposición familiar se asume como "lavado" de activos y a la madre ambiciosa se le imponen diez años de reclusión y se perdona al agresor sexual, es un contraste que debe mover a reflexionar acerca del peso que debe tener en las decisiones judiciales el conocimiento de la realidad social del país de caras a los nuevos tipos penales.