Carlos Julio Feliz VidalLa decisión judicial de perdonar al
pelotero Wander Franco, luego de declararlo culpable de agresión sexual contra
una menor de edad, es una potestad que la ley coloca en manos del juzgador, sin
embargo, parece que en la misma sentencia se ha incurrido en un contrasentido,
al condenar a la madre de la misma menor a diez años de reclusión y al pago de
multa.
Si el Tribunal trató con tanta
consideración al agresor sexual de la menor, qué razones explican que haya sido
tan severo con la madre?
Si la madre percibió beneficios
económico del crimen del que fue condenado el pelotero y a éste se le perdonó
la pena de reclusión y la multa, por qué no se acogió a favor de ella iguales o
parecidas circunstancias de atenuación?
La Justicia debe obrar con
equilibrio, el contraste es desproporcionado.
No parece justificarse en el caso el
lavado de activos contra la madre de la menor, por más censurable que haya sido
su conducta. El lavado de activos, conforme a criterios constantes de la
Suprema Corte de Justicia, exige la comisión de un crimen previo de los
indicados en la ley, como el narcotráfico, para que pueda configurarse.
La madre incurrió en una ambición
desmedida y se aprovechó de la falta del pelotero, para obtener beneficios
económicos, que bien podría haber percibido, si le perseguía penalmente y se
constituía en actor civil.
No creo que su hecho no sea
reprochable, lo que cuestiono es la marcada diferencia de tratamiento; a ella
le quitan los bienes, le mandan a la cárcel y le condenan a pagar multa, siendo
la madre de la menor ofendida y a él le eximen de la cárcel y de la multa,
cuando a ambos los declararon culpables.
Parece que fueron juzgados por dos
tribunales distintos, uno lleno de misericordia y el otro dominado por el odio.
Ese fallo luce desconocer al pueblo
dominicano, a nuestras adolescentes y a la familias de las que forman parte.
En muchos hogares dominicanos,
existen padres que cuando se enteran que un adulto con recursos económicos
tiene una relación con una hija menor de edad, actúan como la madre condenada
en este caso, y eso no implica que esas familias sean "agencias de
comercialización y explotación de menores", lo que si denota es que utilizan
el hecho para obtener ventajas económicas, como lo hizo esta señora.
La protección a la menor no se ha
logrado al emitir una sentencia tan desequilibrada, donde su madre ha sido
presentada como un monstruo y al pelotero famoso se le perdona en el sentido
más benigno del crimen del que fue declarado culpable.
Esa marcada diferencia en un mismo
proceso, es una mala señal. La justicia no debe tener preferencias
injustificadas, si el hecho de la madre fue grave, también lo fue el del
pelotero. Por qué el desequilibrio en el trato?
Hubiese sido más coherente tratar a
ambos con medidas de atenuación, porque los dos fueron declarados culpables.
El precedente que se crea en este
caso, donde una descomposición familiar se asume como "lavado" de
activos y a la madre ambiciosa se le imponen diez años de reclusión y se
perdona al agresor sexual, es un contraste que debe mover a reflexionar acerca
del peso que debe tener en las decisiones judiciales el conocimiento de la
realidad social del país de caras a los nuevos tipos penales.
No conozco otro caso en República
Dominicana donde a una madre cuya hija menor fue víctima de una agresión
sexual, se le haya condenado a penas tan severas y que al propio tiempo se haya
perdonado al agresor.
Para ayudar a Franco no se tenía que
destruir a la madre de la menor; este caso tiene repercusión internacional por
el peso del joven pelotero y cuando en otros países se vea el contraste de
liberarlo a él de pena, luego de declararlo culpable, y condenar tan
drasticamente a la madre de la menor, lo más probable es que se hagan un juicio
negativo de la justicia penal del país.
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