Jurista de Jurisconsultos. - El Playero Digital

sábado, 25 de diciembre de 2010

Jurista de Jurisconsultos.

Dominicana: Tribunal Constitucional o Corte Suprema de Justicia

Santo Domingo. Entre las polémicas que se prevén suban al escenario político en el próximo año en República Dominicana, están las facultades otorgadas al Tribunal Constitucional sobre la Corte Suprema de Justicia.
 
Aquí, como en casi toda Latinoamérica, los jueces a todos los niveles tienen competencia para aplicar la Constitución, y en algunos casos revertir la aplicación de una ley o anular un acto por inconstitucional.

A este modelo se le llama difuso porque se difunde en todo el sistema judicial, contrario al modelo europeo que esa facultad se concentra en un órgano llamado Corte o Tribunal Constitucional, señalaron aquí expertos sobre el tema.

Los jueces del Poder Judicial dominicano son jueces constitucionales y sus casos desembocan ante la Suprema Corte de Justicia.

Pero, eventualmente, cuando las decisiones de estos jueces, incluyendo las de la Suprema Corte, vulneran la Constitución, y esa vulneración no es sancionada en el interior del Poder Judicial, es posible controlar la constitucionalidad de dichas decisiones ante el Tribunal Constitucional.

En este sentido, un grupo de juristas de todo el país, que trabajaron en un Anteproyecto de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, propusieron articular cuatro niveles de relación entre el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional: el de la remisión al Tribunal Constitucional de aquellas normas declaradas inconstitucionales por el tribunal supremo.

Nada de esto genera inseguridad jurídica ni "choque de trenes" ni "lágrimas de sangre " ni caos, opinó Eduardo Jorge Prats, jurista que trabajó en ese anteproyecto.

Y es que el Tribunal Constitucional es el supremo intérprete de la Constitución por lo que, como bien enfatiza un jurista español, la relación entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo no puede ser otra que la supremacía del primero sobre el segundo

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