Rincon Juridico - El Playero Digital

martes, 4 de septiembre de 2012

Rincon Juridico

La mediación y la conciliación en el sistema de justicia.


POR MIGUEL A. FIGUEREO

No terminaba de beberse el último trago de café de la mañana, cuando los toques insistentes  a la puerta le llamó su atención, Don Alejandro recibió la visita mañanera de su compadre Ignacio, quienes luego de ofrecerse  los saludos,  con pasos lentos y los movimientos propios de los años, fueron hasta la enramada de la casa, donde Don Alejo, le pidió a su eterna y adorada esposa, doña Milán, que por favor le lleve café al compadre.

    Haciendo un símil de los tiempos vividos, ambos coincidieron en señalar ¡que el mundo de está acabando! de inmediato comenzaron a citar cosas que en sus tiempos no eran imaginables, fue entonces cuando Don Ignacio  cruzó sus piernas y colocándose el sombrero en la mano izquierda, le explicó al compadre, que hasta la justicia ha cambiado, antes las personas iban a la cárcel por cualquier quítame esta paja, ahora se buscan muchos requisitos, para dictar sentencias condenatorias y le dice, que su vecino Juan, se bebió unos tragos y perdió el juicio, tirando piedras, rompió una de las ventanas de su casa, él está preso, pero el Fiscal responsable de investigar  el caso, le está sugiriendo una conciliación, es decir, que él repare la ventana, que se comprometa a no realizar acciones de esa naturaleza y que sigan viviendo como buenos vecinos, fue entonces cuando abriendo los ojos exclamó ¡ahí el fiscal cogió unos pesos!  ¡Esto no lo arregla nadie! ¡Todos van a los puestos del Estado hacerse ricos!

    Fue entonces cuando intervino don Alejandro, quien con la sabiduría de un maestro pensionado, le comenzó diciendo que el fin de la justicia penal, es mantener la armonía y la paz entre los ciudadanos, logrando que quien produce un daño lo repare, que su fin, no es sólo que las personas se pudran en las cárceles. Agregándole, que la rotura de la ventana no es una cosa grave, él se la va a reparar, seguirán siendo vecinos, que es lo mejor que puede suceder, es lograr una conciliación entre ustedes,  aclarándole que no conoce el fiscal del caso, pero no cogió dinero para hacerle la propuesta, como aseguró, es que la figura de la conciliación de los casos penales no graves, está prevista en el código procesal penal.

      Compadre, le dice don Alejo, a don Ignacio, con esa figura jurídica el legislador procuró que un mayor número de casos penales sean resueltos por los tribunales y donde las partes  puedan ser sujetos de su propio accionar, manteniendo la armonía y la paz ciudadana, que es el objetivo de la justicia. En la conciliación no se requiere la intervención de abogados. Fue entonces cuando le expuso su propia experiencia y le dijo, que hace un tiempo, le robaron un reloj, que tenía un valor de RD$5,000.00,  el padre del joven que le hizo el robo se lo estaba pagando por más  del costo, un vecino estaba sirviendo de mediador, su abogado le dijo que no aceptará la propuesta, así lo hizo, al final del proceso y sacando cuenta de lo invertido, pudo establecer que entre  honorarios profesionales, comidas y combustibles para ir a las audiencias gastó unos RD$21,000.00, recibió de indemnización  RD$25,000.00, pero esperó un año y seis meses. Fue entonces cuando le aseguró, al compadre Ignacio,  que la conciliación y la mediación jurídicas, ayudan a resolver conflictos, pero le aclaró que ambas sólo son aplicables, cuando los ilícitos penales, la pena máxima a  imponer no sobre pase los 2 años de prisión.

       Después de esa explicación, don Ignacio, se levantó de su mecedora, asegurándole a Don Alejandro, que está  convencido de la importancia de la conciliación y la mediación en la solución alternativa de los conflictos penales, pues con ellas, se evitan gastos económicos  e inversión de tiempo y las partes quedan en armonía

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