El Tribunal Contensioso Tributario y Administrativo. Cuántos lo conocen?
Tengo la ligera sospecha de que cientos de personas, usuarias de los servicios de energía eléctrica, han acudido varias veces a las oficinas de Protección al Consumidor de Electricidad (PROTECOM), a reclamar la correción de una alta facturación en su consumo, emitida por una de las Edes (Edesur, Edenorte y Edeeste). Porque como dependencia de la Superintendencia de Electricidad (SIE), PROTECOM fue creada para proteger a los usuarios del vital servicio energético
.Estoy cien por ciento seguro que la mayoría de los usuarios que hacen reclamos por alta facturación, nunca han sido satisfechos por Protecom, todas sus reclamaciones se las han rechazado, porque según sus técnicos “no se han encontrado indicios que indiquen (sic) que ha habido algún tipo de problema, error o sobrefacturación en la factura reclamada, por lo cual corresponde rechar la presente reclamación.” Esa institución tiene un único patrón de resoluciones el cual aplica en todas las reclamaciones.
Claro, en Protecom le dicen que tiene derecho a apelar cuantas veces lo entienda necesario.
Si al usuario le llegan varias facturas que considera sobrefacturadas o por encima de su consumo real (como es mi caso), Protecom le acepta todos los reclamos que haga y también le recibe todas las apelaciones que haga. Pero, oh sorpresa!, sus reclamos y apelaciones no sirven para nada, porque esa instancia, llamada a proteger al consumidor de electricidad, nunca le da razón al cliente, siempre rechaza sus gritos. Al final, hay que recurrir al TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO. Este fue creado mediante la Ley 13-07.
Mire como es el proceso: usted reclaman en Edesur por una alta facturación, Edesur le da una constancia para que vaya a Protecom, en Protecom le dan una constancia de que usted hizo tal reclamo y varias semanas después le llega una Resolución rechazando su reclamación. A veces envían uno o dos técnicos a revisar su carga. A veces esos técnicos dan informes alterados de lo que vieron (su inversor tiene problemas, las baterías no sirven, etc.). Protecom le dice que puede apelar, usted apela pero Protecom también rechaza su apelación. Para ellos, el cliente nunca tiene la razón.
Le siguen llegando facturas altas, que sobrepasan en mucho su verdadero consumo, usted sigue reclamando, no hay problemas, reclame, apele las decisiones, vuelva y reclame, vuelva y apele. Cuatro, cinco o más sobrefacturaciones. Ese es su derecho y, el deber de ellos es recibir todas sus quejas. Sólo eso, recibirlas.
De repente le llega a usted una Resolución que ellos (Protecom) llaman del Jerárquico. A partir de ahí, su situación sale de las manos de Protecom y la Superintendencia de Electricidad (SIE). Ahora entra en juego el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo. Ese tribunal tiene sus oficinas en la capital de la República Dominicana. Usted tiene que ingeniárselas para acudir a ese tribunal elevando un Recurso Contencioso Administrativo, a través de un abogado. Imagínese!.
Si usted es de los que se quejó cuatro, cinco o seis veces por alta facturación (como es mi caso), tiene que elevar cuatro, cinco o seis recursos conentenciosos administrativos, porque las resoluciones del Jerárquico le van llegando a usted como un gotero de miel de abeja.
Para graficar un poco el asunto, observe un ejemplo: en mayo del 2012 usted se quejó por una factura muy alta, Edesur le entregó una constancia de su queja, usted fue a Protecom, allí le aceptaron su reclamo. Tres semanas después Protecom le envió una resolución rechazando su reclamo. Usted apeló esa resolución, pero el mes siguiente (junio), le llegó otra factura tan alta o más que la de mayo, usted hizo lo mismo (a Edesur y a Protecom), de nuevo le rechazan su reclamo. En julio, agosto y septiembre se repitió el mismo proceso. Para suerte suya le cambiaron el medidor porque usted había pedido eso (como es mi caso). A partir de ahí varía la facturación de su consumo, comienza a bajar el monto facturado. Protecom no le envió ninguna notificación durante varios meses. De repente, en mayo del 2013 le llega una Resolución del Jerárquico rechazando el primer reclamo que usted hizo un año antes (en mayo del 2012). Pero ya Protecom no sabe de eso, ahora el dueño del asunto es el Tribunal Contencioso, Tributario y Administrativo.
Vista esa situación, tengo varias preguntas: Si en mayo del 2013 le llega la Resolución que rechaza su reclamo de mayo del 2012, cuándo llegarán las resoluciones de rechazo de los reclamos que usted hizo en junio, julio, agosto y septiembre? Habrá que elevar un Recurso Contencioso Administrativo por cada una? Habrá que contratar un abogado para cada recurso? Habrá que viajar a la capital para cada recurso?
Puede ser que ese tribunal Contencioso Administrativo esté bien concebido, pero a quién defiende?, a quienes viven en el Gran Santo Domingo, en el Distrito Nacional, o en las provincias más cercanas a la capital? Qué sucede con quienes vivimos en el Suroeste, en la Línea Noroeste y otros lugares muy distantes de la capital? Defiende a quienes tienen recursos y facilidades de contratar abogados para su defensa?
Qué pasa con los pobres del país, cuando les rechazan sus reclamos? Sencillamente, aceptar lo que se le está cobrando, porque si las altas facturaciones le representan 4 ó 5 mil pesos de energá no consumida, es preferible pagarlos a la distribuidora de energía eléctrica, aunque sea a plazos, y no contratar un abogado ni pasar varios meses en un proceso con pocas posibilidades de salir gananciosos.
Cuántos conocen la existencia y funcionamiento del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo? y cuántos usuarios del servicio eléctrico podrán llegar hasta esa instancia para resarcir el daño económico que le están produciendo las altas facturaciones que le llegan a sus casas?
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