La DIDA pide eliminar las trabas para entrega pensiones a parientes
SANTO
DOMINGO.-La falta de información y las trabas que se imputan a las
administradoras de fondos de pensiones constituyen
el principal escollo que dificulta que los parientes de afiliados de la
Seguridad Social que han fallecido puedan tener acceso a más de 800 millones de
pesos acumulados durante sus años de cotización.
Así lo han
hecho constar ante la DIDA algunos dependientes de afiliados muertos que no han
podido canalizar sus reclamos ante las administradoras de fondos de pensiones por
los requisitos exigidos para el desembolso de estos recursos.
Ante las
dificultades existentes el Consejo Nacional de la Unidad Sindical propone que
la Tesorería de la Seguridad Social realice un registro de los dependientes de
los afiliados, mecanismo que también deberá obligar a cada AFP a someterse para
tener identificados a quienes serían los beneficiados en caso de fallecimiento.
La situación
ha conllevado a que también el diputado peledeísta Ramón Cabrera, quien ha
reclamado en varias ocasiones la modificación de la Ley de la Seguridad Social,
lance la propuesta de que los fondos retenidos por las AFP y que forman parte
de las cotizaciones de fallecidos sean transferidos a la Dirección de
Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) para que puedan
ser entregados a los dependientes.
“De los
39,386 afiliados fallecidos solo se han pensionado 7,352, personas, entre
cónyuges e hijos, y las AFP les han rechazado la solicitud de pensión a 2,300
familiares de fallecidos porque reclamaron ese derecho después de los 2 años”,
dijo el legislador.
Cuando estos
recursos no son reclamados en un plazo de siete años, después del
fallecimiento, entonces el dinero pasa a poder de la Dirección de Impuestos
Internos, que luego deberán ser exigidos mediante varios requisitos
establecidos en la legislación tributaria, siendo uno de ellos el pago de
impuestos por herencia.
“Nunca las
AFP pueden quedarse con ese dinero, se quedan sí con los beneficios que
genera”, aclaró Rafael Pepe Abreu, presidente del CNUS.
Los
fallecidos
Según las
estadísticas recogidas por la Superintendencia de Pensiones hasta
junio de este año, de un total 30,133 pensiones por
discapacidad y sobreviviencia que fueron solicitadas ante las AFP se han
declinado 14,418 y se otorgaron 14,469, equivalente al 48% de los expedientes
tramitados. En tanto que hay en trámite otras 1,246 solicitudes.
Posición de
la DIDA
La directora
de la DIDA,
Nélsida Marmolejos, explica que la falta de oficinas de las AFP a nivel
nacional, la imposición de trabas burocráticas que encarecen la gestión a
través de las disposiciones del contrato póliza entre las aseguradoras, las
administradoras de fondos de pensiones y
los afiliados, así como el desconocimiento que tienen las empresas con los
cotizantes, representan los inconvenientes para el acceso a los beneficios de
sobrevivencia del sistema de pensiones.
Refirió que
la resolución 457-03, del Consejo Nacional de la Seguridad Social, autoriza a
la Superintendencia y a la gerencia general del CNSS a realizar gestiones ante
la Dirección de Impuestos Internos a fin de que se otorguen facilidades para
que los derechohabientes de fallecidos que deben reclamar devolución de fondos
a una AFP, respecto del pago de impuestos, así como las moras y multas que
contempla el Código Tributario, entre otras disposiciones que involucran a la
Tesorería de la Seguridad Social, sean satisfechos por las AFP, las compañías
de seguros y la misma DIDA.
Marmolejos
dijo que desde 2013, cuando fue iniciado el seguro de pensiones,
la entidad que dirige ha realizado gestiones ante las autoridades competentes
para la búsqueda de una solución a esas condiciones, entre las que también se
encuentran las diferentes trabas contenidas en el contrato póliza de
Discapacidad y Sobreviviencia suscrito entre las AFP con las aseguradoras.
“Deben
reducirse al máximo todos los obstáculos que hasta la fecha impiden acceder a
derechos inalienables que tienen los afiliados en materia de seguridad social,
por tratarse de derechos sociales que son imprescriptibles de acuerdo a
jurisprudencias del Tribunal Constitucional”, agregó.
Hasta 2015
imperaba el plazo de dos años para reclamar las pensiones de
los fallecidos, pero por demanda de la DIDA este
periodo fue ampliado hasta siete años, indicó Marmolejos.
Pensión
870 Millones
de pesos.
Ascienden los fondos de pensiones de los fallecidos hasta el año 2014, según informó la Sipen.
Ascienden los fondos de pensiones de los fallecidos hasta el año 2014, según informó la Sipen.
Fallos
—
Irregularidades
Explicó que en los contratos entre las AFP y las aseguradoras se debe especificar cuáles son los beneficios, el acceso a ellos y las personas que pueden devengarlos, ya que esos cabos sueltos dan paso a irregularidades.
Explicó que en los contratos entre las AFP y las aseguradoras se debe especificar cuáles son los beneficios, el acceso a ellos y las personas que pueden devengarlos, ya que esos cabos sueltos dan paso a irregularidades.
Requisitos
exigidos por las AFP
Pensiones.
Las AFP exigen una serie de documentos que los beneficiarios de las pensiones por
sobrevivencia deben presentar para que el dinero sea entregado.
Uno de los
principales requisitos es llenar el formulario expedido por cada AFP para estos
fines, un extracto de acta de defunción legalizada, carta de trabajo donde
conste el tiempo y horario de trabajo del afiliado fallecido.
Además de
estos requerimientos, algunas de las AFP piden como necesario entregar una
copia de la cédula del fallecido.
Sin embargo,
un detalle común en las aseguradoras es que los parientes presenten el acta de
nacimiento legalizada del cónyuge y de los hijos mayores de edad, acta de
matrimonio legalizada y en caso de unión libre un acto notarial.
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