
Por que? Pues el toletero dominicanos no traspaso la matricula de este vehículo a quien se la vendió o el nuevo dueño se durmió en eso y ahora David Ortiz enfrenta esta demanda, donde se seguro pagara por los daños sufrido al afectado, porque así lo estipula la ley 241, en su articulo 4, letra b, que establece la obligatoriedad del realizar el traspaso de propiedad en los vehículos de motor, donde con esto se busca librar de cualquier perjuicio o daños que en los adelante pueda causar el nuevo propietario.
El registro de traspaso de propiedad descarga de responsabilidad al antiguo propietario y al no realizar esto, David Ortiz necesariamente pagara con crece este error involuntario, no obstante el nuevo propietario quiera sacarlo del caso. Es David para la ley todavía el propietario de este vehículo, y como tal, es susceptible de demanda.
El agredido, ni tonto ni perezoso, en vez de reclamarle daños y perjuicio a un jodió, se lanzo contra quien tiene de sobras por hacer lo que divierte.
Así que si Ud. estimado amigo si ya vendió, traspase eso a nombre del adquiriente para que mañana no sufra consecuencias como esta. Porque la ley es dura, pero es la ley.
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